Visas para trabajar en Chile

Chile ha sido, tradicionalmente desde su mismo origen, un país abierto a los flujos migratorios. Así lo prueban las numerosas colonias que se preocupan por mantener vigentes sus costumbres y tradiciones. 

Aquella apertura al ingreso de personas provenientes del extranjero sigue viva y desde todos los sectores de la sociedad -el empresariado, la política, por ejemplo- se valora positivamente el aporte que hacen a la cultura y el conocimiento.

Sin embargo, como toda relación social, el legislador ha establecido sistemas que regulan la entrada y la permanencia de personas provenientes de otros países con la intencion de, al mismo tiempo, proteger los derechos del inmigrante y de los nativos.

La cuestión está en el tapete por estos días debido a la gran cantidad de inmigrantes que hemos recibido en los últimos años.

Las visas que habilitan a un extranjero para residir y trabajar en Chile son la visa temporaria y la visa sujeta a contrato de trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de que existen autorizaciones especiales de trabajo para turistas y estudiantes.

Las visas antes mencionadas deben tramitarse en Chile a través del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, o bien, en el extranjero ante los Consulados de Chile en el exterior.

La visa temporaria permite, en términos generales, realizar en Chile cualquier actividad, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes. Se otorga a aquellos extranjeros que acrediten tener vínculos de familia o intereses en el país y cuya residencia se estime útil y conveniente. De esta forma, la solicitud de visa puede tener como base distintos fundamentos, entre los que pueden nombrarse a los siguientes: a) ser profesional o técnico de nivel superior y poseer una oferta de trabajo con una empresa en Chile; b) ser trabajador remunerado en el exterior que realizará actividades en una empresa en Chile; c) ser empresario, inversionista, comerciante o persona de negocios en general, que viaje al territorio nacional por períodos superiores a los noventa días con motivo de sus actividades e intereses en el país; d) ser ciudadano de los estados miembros del MERCOSUR, es decir, argentino, boliviano, brasilero, paraguayo o uruguayo, que se encuentre en Chile, independiente de la actividad que venga a realizar.

Esta visa tiene una duración máxima de un 1 año prorrogable hasta completar 2 años, luego de lo cual el extranjero deberá solicitar la Permanencia Definitiva o abandonar el país.

Por su parte, la visa sujeta a contrato es el permiso que se otorga a los ciudadanos extranjeros que viajarán a Chile, con el objeto de dar cumplimiento a un contrato de trabajo con un empleador con domicilio legal en Chile, como también a aquellas personas que se encuentren en el territorio nacional y que tengan el propósito de radicarse en el país con el mismo fin: prestar servicios para un determinado empleador en Chile. Es decir, este tipo de visa permite al extranjero trabajar exclusivamente con el empleador con quien suscribió el contrato de trabajo que sirvió de fundamento para el otorgamiento de la visa. Así, si se cuenta con una visa sujeta a contrato y la relación laboral termina por cualquier motivo, caduca esta visa de residencia. Para regularizar esta situación, es necesario contar con un nuevo empleador, y solicitar ante el Departamento de Extranjería y Migración el cambio de empleador en su visa sujeta a contrato.

La visa sujeta a contrato puede tener una vigencia de hasta 2 años, la que podrá ser prorrogada por períodos iguales. En todo caso, al término de los 2 años, el extranjero puede optar a la Permanencia Definitiva.

Ambos tipos de visas, tanto temporaria como sujeta a contrato de trabajo, puede otorgarse a los miembros de la familia del solicitante que vivan con él, entendiéndose por tales cónyuge, padres o hijos de ambos o de uno de ellos, en la condición de dependientes y no podrán hacer actividades remuneradas en el país.

Recientes medidas migratorias

En abril de 2018, el Gobierno anunció la aplicación de las siguientes medidas administrativas en relación con la obtención de visas de residencia que habilitan para trabajar en Chile: A contar del 23 de abril de 2018, se eliminó la Visa Temporaria por Motivos Laborales. Se crean 3 tipos de Visas Temporarias que entran en vigor el 1° de agosto de 2018:

Visa Temporaria de Oportunidades: Se deberá solicitar fuera de Chile, y estará orientada a los migrantes de todos los países que quieran venir a nuestro país a emprender y trabajar. 

Visa Temporaria de Orientación Internacional: Se deberá solicitar en el Consulado de Chile en el país de origen o residencia, y será otorgada a aquellos extranjeros que deseen emprender y trabajar en nuestro país y que cuenten con un postgrado en universidades extranjeras de prestigio.

Visa Temporaria de Orientación Nacional: Se solicitará en Chile y será otorgada de forma automática al terminar el visado de estudiante, a aquellos extranjeros que obtengan postgrados en universidades chilenas acreditadas y que deseen emprender y trabajar en nuestro país.

Se crean 2 tipos de visas de residencia:

Visado Humanitario de Reunificación Familiar para haitianos: Entrará en vigor el 2 de julio de 2018 y deberá solicitarse ante el Consulado de Chile en Haití.

Visa de Responsabilidad Democrática para venezolanos: Puede ser solicitada desde el 16 de abril de 2018 y debe ser solicitada ante los Consulados chilenos en Venezuela.

Fuente: latercera.com

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