La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó la prohibición para que los servicios de transporte público mediante plataforma electrónica, tipo Uber o Cabify, cobren en efectivo.
Durante el segundo día de análisis de la Ley de Movilidad Sustentable del estado de Colima, el pleno del máximo tribunal del país también declaró como inconstitucionales una serie de requisitos para los vehículos que prestan este tipo de servicios.
Apenas ayer, la SCJN avaló la aportación mensual forzosa de 1.5 por ciento de lo cobrado por cada viaje a un Fondo de Movilidad.
Los ministros de la Corte también dieron el visto bueno a la ley que actualmente exige contar con un permiso de operación, otorgado por las autoridades estatales en materia de movilidad. Jbf
Fuente: Dinero