SuperTransporte dicta medida administrativa contra Ultra Air

La Superintendencia de Transporte, mediante la Resolución N. 948, informó este jueves que dictó medida admirativa a Ultra Air debido a que la aerolínea presenta baja liquidez, lo cual dificulta el compromiso con las obligaciones a corto plazo, generando un riesgo de incumplimiento con sus acreedores.


Además indicó que «la situación contractual relacionada con las aeronaves dispuestas para la prestación del servicio refleja una posible vulnerabilidad a la capacidad operativa que permita cumplir con su objeto social, así como con las obligaciones a su cargo, principalmente aquellas relacionadas con proveedores y ventas anticipadas de tiquetes».

Entre las medidas administrativas que deberá cumplir la aerolínea están:

  1. La Sociedad Ultra Air S.A.S, deberá implementar un plan de trabajo en donde se detalle un listado desagregado por rutas, el cual deberá incluir la programación de los vuelos comerciales, para cada uno de los siete (7) días de la semana, donde se identifique la aeronave y el personal de la tripulación para cada una de las frecuencias.
  2. Deberá informar a la SuperTransporte todos los lunes antes de las 6:00 pm, por un término de tres (3) meses, sobre la toma de decisiones de los órganos de administración cuando se presente un riesgo de tipo económico y operacional que afecte la prestación del servicio.
  3. Deberá informar a la Dirección de Investigaciones de Concesiones e Infraestructura de la Superintendencia de Transporte, las negociaciones que adelante para su capitalización.
  4. Deberá implementar acciones necesarias, preventivas o correctivas, relacionadas con el plan de manejo de pasajeros ante un eventual cese y/o suspensión de operaciones.
  5. Deberá informar a la Superintendencia de Transporte, el mecanismo de preservación de los pasivos por la venta anticipada de tiquetes para efectos de garantizar la efectiva medida de cumplimiento del plan de manejo de pasajeros, ante un eventual cese y/o suspensión de las operaciones.

«El incumplimiento a estas órdenes podrá dar lugar a la imposición de multas sucesivas entre uno y quinientos salarios mínimos mensuales legales vigentes», indicó la Superintendencia de Transporte.

El objetivo de ese plan operacional, según la superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina, será evidenciar que la aerolínea si “está garantizando el cumplimiento de los vuelos que se han comprometido a llevar a cabo en el momento en el que ofertan el servicio”.

aviacionaldia.com

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