La Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Salud dieron a conocer las obligaciones que deberán cumplir aquellos que desean entrar al país.
Luego de haber autorizado el turismo en el país, hoy la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Salud de la Nación comunicaron, mediante la resolución conjunta 11/2020 publicada en el Boletín Oficial, los requisitos que deberán cumplir quienes deseen ingresar a la Argentina en el marco de la pandemia. Lo primero que señala el documento es que «la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES es el órgano de aplicación, con competencia para controlar el ingreso y egreso de personas al país y ejercer el control de permanencia y el poder de policía de extranjeros en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA».
Por lo tanto, el organismo «determinará los tipos de constancias que se deberán confeccionar para el registro del ingreso y egreso de personas del territorio argentino». Como primera medida, el texto precisa que aquellos que quieran entrar al país «deberán permanecer aislados durante 14 días, plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica, entre otras, las personas que arriben al país habiendo transitado por zonas afectadas, salvo excepciones dispuestas por las autoridades sanitarias o migratorias y siempre que den cumplimiento a las condiciones que estas establezcan».
Además, las autoridades decidieron «la prohibición de ingreso al territorio nacional, por un plazo de QUINCE (15) días corridos, de personas extranjeras no residentes en el país, a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso, con el objeto de reducir las posibilidades de contagio de la enfermedad COVID-19».
Por otra parte, todo individuo que quiera ingresar a la Argentina deberá completar una declaración jurada electrónica y también tendrá que «incluir la constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación- y de un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19».
Por último, las autoridades aclaran que las personas que no cumplan con algunas de las obligaciones contempladas en la normativa podrán sufrir algun tipo de sanción. Según lo indicado en el texto, la medida, firmada por el ministro de Salud, Ginés González García y por la directora de Migraciones, Maria Florencia Carignanola, entra en vigencia una vez publicada en el Boletín Oficial.